El área de Urbanismo del Consell de Mallorca se encarga de la tramitación administrativa de los procedimientos relativos al planeamiento urbanístico que prevé la legislación autonómica. Son procedimientos variados que pueden incluir bien el ejercicio de la competencia para la aprobación definitiva de los planeamientos o bien la emisión de informes o dictámenes previos cuando la competencia para la aprobación se asigna a los municipios.
También se encarga de otras materias en este campo, como la tramitación de los expedientes de declaración de interés general de determinadas actividades a implantar en suelo rústico.
Elabora informes sobre determinados proyectos sujetos a evaluación de impacto ambiental cuando afectan a competencias del Consell de Mallorca, sobre procedimientos de expropiaciones urbanísticas, sobre la implantación de viviendas en suelo rústico o sobre la autorización de obras provisionales.
Evalúa técnica y jurídicamente las solicitudes que formula la ciudadanía relativas a la expedición de cédulas de habitabilidad y las autorizaciones de obras permitidas en la zona de litoral.
Se puede acceder a la tramitación de las solicitudes desde el apartado Trámites y procedimientos relacionados de esta página.
En el archivo de planeamiento, se conservan todos los instrumentos urbanísticos que han aprobado los órganos del Consell de forma definitiva, así como los que han aprobado los ayuntamientos de la isla y que envían una vez aprobados de forma definitiva.
Con el objetivo de maximizar la transparencia y permitir el acceso a la información pública de la mencionada documentación, se ha creado el Visor del Archivo de Urbanismo que permite la difusión telemática del planeamiento urbanístico vigente de 52 municipios de Mallorca (en el caso del municipio de Palma se ha incorporado el planeamiento aprobado a partir del 1 de enero de 2015).
El visor estará en continua actualización, os agradeceríamos que si detectáis alguna incidencia la envieis a: arxiu_urbanisme@conselldemallorca.net.
Los datos que se ofrecen son a título informativo, en ningún caso tienen la consideración de certificados de aprovechamiento urbanístico regulados en la legislación aplicable.
La cédula de habitabilidad es el documento que expide el Consell que reconoce la aptitud de las viviendas, locales, edificios residenciales o de otras modalidades de edificación para que puedan ser habitados y/o ocupados. De acuerdo con la normativa vigente en la actualidad, la cédula de habitabilidad se convierte en obligatoria en los supuestos de venta y alquiler de inmuebles, así como en la compra de plazas a la Consejería de Turismo para estancias turísticas en viviendas. Además, es el documento imprescindible para poder contratar definitivamente los suministros de servicios con las empresas comercializadoras.

La legislación urbanística prevé algunos tipos especiales de licencias urbanísticas, como las de obras y usos provisionales, en las que se determina que el Consell, a determinados municipios, les emitirá un informe en el procedimiento para verificar la provisionalidad efectiva del actuación que se proyecte y para asegurar que no se compromete la viabilidad del planeamiento urbanístico.
De manera similar, en los procedimientos de expropiación urbanística de los municipios de menor población, la normativa aplicable prevé la emisión de informes por parte del Consell de Mallorca sobre la corrección del procedimiento y las valoraciones.

Viviendas en suelo rústico
«Para poder construir una vivienda nueva en suelo rústico necesitas una superficie mínima de 14.000 m² y sólo es autorizable una única vivienda por parcela.»
Junto con otros condicionantes previstos en el Plan Territorial de Mallorca así como en las diferentes normativas urbanísticas municipales, éstos son el objeto del informe previo y vinculante que emite el Consell con carácter previo a otorgar la licencia urbanística municipal.
El Consell de Mallorca autoriza a tres entidades privadas de certificación urbanística (EPCUS) para tramitar licencias de obra ante los ayuntamientos
El Consell de Mallorca autoriza a tres entidades privadas de certificación urbanística (EPCUS) para tramitar licencias de obra ante los ayuntamientos
(30/04/2025)
- Departament de Territori, Mobilitat i Infraestructures
Son Ab-Aucatel Inspección y control SLU, Addient Empresa Certificadora SL y Ab-EIC Control Reglamentario SL, que se han inscrito en el registro que creó la institución insular con el objetivo de agilizar la obtención de permisos de obra
El Consell de Mallorca ha autorizado a tres entidades privadas de certificación urbanística (EPCUS) que podrán tramitar licencias de obra ante todos los ayuntamientos de Mallorca que no tengan un registro específico. Estas empresas se encargan de reunir toda la documentación necesaria para la tramitación, que después deberán verificar los técnicos municipales. Las tres entidades que ya pueden tramitar licencias de obra en Mallorca son: Ab-Aucatel Inspección y Control SLU, Addient Empresa Certificadora SL y Ab-EIC Control Reglamentario SL.
El Departamento de Urbanismo del Consell de Mallorca puso en marcha un registro para autorizar la actividad a estas entidades. Este registro se ampara en la Ley de simplificación administrativa, con el objetivo de agilizar y de facilitar a los ciudadanos de Mallorca la obtención de licencias de construcción y desbloquear los servicios municipales de urbanismo, en los que, en algunos casos, hay listas de espera de más de dos años.
La autorización de estas entidades es una competencia municipal, ya que las licencias de obra se solicitan y tramitan ente los ayuntamientos, tanto en suelo urbano como en rústico. El Consell elabora de manera subsidiaria el registro, para que las EPCUS puedan actuar y tramitar licencias ante los departamentos de urbanismo municipales de los pueblos que no hayan regulado las autorizaciones de EPCUS mediante una ordenanza.
El consejero de Territorio, Fernando Rubio, recuerda que la implantación de las EPCUS «tiene la finalidad de agilizar la tramitación de las licencias a los ciudadanos y, del mismo modo, ayudar a los servicios municipales de urbanismo a minimizar las listas de espera en la concesión de licencias». Rubio ha dejado claro que la implantación de las EPCUS no supondrá en ningún caso eliminar controles urbanísticos, ya que «los técnicos municipales deben informar y avalar todas las licencias que se tramiten».




